Cooperación en el código penal
Respecto a la Cooperación debemos diferenciar el Cooperador Necesario, que a efectos de pena se equipara al Autor tal y como se recoge en el articulo 28 del Código Penal, y el Cooperador No Necesario, al que llamaremos Cómplice, figura que se regula en el articulo 29 del Código Penal. En la práctica resulta, en… Continuar leyendo »